De acuerdo con lo establecido en la Ley de Desarrollo Económico, solo en casos específicos se puede quedar exento de la obligación de formar parte del nuevo régimen para las microempresas.
En primer lugar, se quedan fuera las personas naturales y negocios que tengan Ingresos o ventas superiores a $300.000 anuales.
En segundo lugar, también se excluye a los que trabajen en relación de dependencia o presten servicios profesionales.
En tercer lugar, no se Incluye a los que tengan actividades económicas en el sector de hidrocarburos, minería, petroquímica, laboratorios médicos y farmacéuticos, Industrias básicas, finanzas y seguros, economía popular y solidarla.
A continuación les dejamos el archivo para descarga de esta ley. Descarga aqui
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