Hasta el mes de diciembre de 2020 todas las empresas naturales y jurídicas, deben cumplir con las siguientes obligaciones en materia de Seguridad y Salud en el trabajo
Empresas de 1 a 10 trabajadores:
- Registro de Técnico Responsable
- SSO Registro de Delegado de Seguridad
- Inducción y adiestramiento a los trabajadores
- Plan Integral de Prevención de Riesgos Laborales, que contiene:
Datos Generales, Política de Seguridad Disposiciones Reglamentarias, Identificación, Evaluación y Valoración de Riesgos Laborales, Plan de Capacitaciones año 2020. Equipos de protección personal. Accidentes e Incidentes de Trabajo, Prevención de Amenazas Naturales y Riesgos Antrópicos.
Empresas de 11 trabajadores en adelante:
- Registro de Técnico Responsable SSO
- Registro Médico Responsable SSO
- Conformación de Organismo Paritario
- Reglamento de Higiene y Seguridad
- Identificación, Evaluación y Valoración de Riesgos laborales
- Elaboración Matrices de Riesgos
- Declaración de Riesgos Laborales
- Plan de Capacitación año 2020
- Programa de Prevención de Uso y Consumo de drogas
- Programa de Prevención de Riesgos Psicosociales
- Plan de Vigilancia de Salud
- Programa de Prevención de Amenazas Naturales y Riesgos Antrópicos
- Autoevaluación
- Inducción y Adiestramiento a los Trabajadores
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