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Obligaciones de empresas en materia de Seguridad y Salud en el trabajo

Hasta el mes de diciembre de 2020 todas las empresas naturales y jurídicas, deben cumplir con las siguientes obligaciones en materia de Seguridad y Salud en el trabajo

Empresas de 1 a 10 trabajadores:

  • Registro de Técnico Responsable
  • SSO Registro de Delegado de Seguridad
  • Inducción y adiestramiento a los trabajadores
  • Plan Integral de Prevención de Riesgos Laborales, que contiene:

Datos Generales, Política de Seguridad Disposiciones Reglamentarias, Identificación, Evaluación y Valoración de Riesgos Laborales, Plan de Capacitaciones año 2020. Equipos de protección personal. Accidentes e Incidentes de Trabajo, Prevención de Amenazas Naturales y Riesgos Antrópicos.

Empresas de 11 trabajadores en adelante:

  • Registro de Técnico Responsable SSO
  • Registro Médico Responsable SSO
  • Conformación de Organismo Paritario
  • Reglamento de Higiene y Seguridad
  • Identificación, Evaluación y Valoración de Riesgos laborales
  • Elaboración Matrices de Riesgos
  • Declaración de Riesgos Laborales
  • Plan de Capacitación año 2020
  • Programa de Prevención de Uso y Consumo de drogas
  • Programa de Prevención de Riesgos Psicosociales
  • Plan de Vigilancia de Salud
  • Programa de Prevención de Amenazas Naturales y Riesgos Antrópicos
  • Autoevaluación
  • Inducción y Adiestramiento a los Trabajadores

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